jueves, 2 de junio de 2011

Publicado el I Plan de Igualdad en la Administración General del Estado

El Boletín Oficial del Estado de 1 de junio de 2011 ha publicado la Resolución de 20 de mayo de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, que aprueba el Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de enero de 2011, por el que se aprueba el I Plan de Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos.

El Plan para la igualdad de trato entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, establece unos objetivos determinando aquellos que deben perseguirse especialmente con su implantación, junto con las acciones y medidas previstas para conseguirlos.

El Plan de estructura en cuatro ejes de actuación:

Eje 1. El Diagnóstico recoge datos, desagregados en función del variable sexo, para conocer la situación previa existente y analizar el estado actual del principio de igualdad entre mujeres y hombres, que permita identificar si existe desigualdad o discriminación, utilizando como fuente el Registro Central de Personal. Para ello se han seleccionado siete áreas, respecto de las cuales el Plan aporta conclusiones: Acceso al empleo, Carrera profesional, Formación, Conciliación de la vida personal, familiar y laboral, Situaciones de especial protección, Retribuciones, y Estructuras funcionales y organizativas de la Administración General del Estado.

Eje 2. Los objetivos específicos más importantes a destacar en el Plan son:
  • Garantizar la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres en el empleo público y en las condiciones de trabajo.
  • Conseguir una representación equilibrada de las mujeres y hombres.
  • Promover y mejorar las posibilidades de acceso de las mujeres a puestos de responsabilidad.
  • Realizar acciones formativas y de sensibilización sobre igualdad de trato y oportunidades.
  • Elaborar un Protocolo de Actuación que regule el acoso sexual y el acoso por razón del sexo, incluyendo un procedimiento de prevención y actuación.
  • Las Unidades de Recursos Humanos, en el plazo de un año, en cada Mesa Delegada de la Mesa General elaborarán el correspondiente diagnóstico de situación de acuerdo con los instrumentos incluidos en el presente plan, con la colaboración de las Unidades de Igualdad.
Eje 3. El Plan se dirige a la consecución de los objetivos apuntados, para lo cual se articula en torno a siete Ejes de actuación que suponen la recomendación de medidas en las áreas seleccionadas:
  • Acceso al empleo público: Con Inclusión de las materias de políticas de igualdad y contra la violencia de género en los programas de los distintos procesos selectivos.
  • Igualdad en el desarrollo de la carrera profesional.
  • Formación en la igualdad entre mujeres y hombres.
  • Ordenación del tiempo de trabajo, corresponsabilidad y medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral. (Analizar la posible viabilidad de una estructura de las condiciones de trabajo: ordenación de la jornada laboral, posibilidades del teletrabajo, cumplimiento de objetivos, etc.).
  • Situaciones de especial protección: Elaboración de un protocolo de actuación de la Administración General del Estado en el supuesto de acoso sexual y acoso por razón de sexo.
  • Retribuciones. Estudio de las cuantías retributivas de los complementos variables que perciben las empleadas y empleados públicos.
  • Medidas relativas a la Igualdad en las estructuras funcionales y organizativas de la Administración General del Estado: Fomentar e incrementar las redes internas Departamentales (Intranet) e Interdepartamentales.
Eje 4. Se establece el seguimiento del Plan que se realizará por la Comisión Técnica de Igualdad de la Mesa General, y que la Secretaría de Estado para la Administración Pública con la colaboración de la Secretaría de Estado para la Igualdad, determinará los procedimientos, instrucciones o recomendaciones que sean necesarias para el correcto desarrollo del plan.

Acceder al texto completo del Plan.

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